Hasta este 13 de abril, el Poder Judicial del Estado de México, a través de sus órganos jurisdiccionales en materia penal, atendieron 460 solicitudes de amnistía, de las cuales 199 fueron presentadas por el propio imputado, 22 por familiares y 232 por la defensa.

A través de un comunicado oficial, el Poder Judicial mexiquense precisó que del total de las solicitudes recibidas por las y los jueces de Control, Ejecución y Tribunales de Alzada de la institución, entre el 5 de marzo y el 12 de abril de este año, 149 fueron admitidas, y de ellas 9 fueron procedentes, correspondientes a los distritos judiciales de Tenango, El Oro, Tlalnepantla y Ecatepec.

En un total de 117 solicitudes, el Poder Judicial de la entidad previno al interesado para presentar alguno de los requisitos para promover la petición nuevamente y 167 peticiones se desecharon tras considerarse que no cumplen con las hipótesis que la ley menciona o por encontrarse dentro de las causas de exclusión.

Mientras que 27 solicitudes todavía se encuentran en estudio, las cuales cuentan con un plazo de 30 días, que podrían prorrogarse hasta por 30 días más para su dictamen, señaló el Poder Judicial mexiquense.

La institución agregó que un total de 100 solicitudes fueron promovidas por medio del Tribunal Electrónico, mientras que por el Sistema de Gestión Judicial Penal (Sigejupe) fueron 64. A éstas se sumaron 288 promovidas de manera física en atención al público y 8 vía correo electrónico.

¿En qué casos se puede solicitar la amnistía?

El Poder Judicial del Estado de México recordó que en los delitos en que la amnistía puede ser solicitada son los cometidos contra la salud, algunas modalidades de robo, los relacionados con el medio ambiente, abigeato, aborto, resistencia y sedición.

La amnistía también es aplicable para mujeres acusadas o sentenciadas por exceso de legítima defensa en la protección de su vida e integridad o la de sus descendientes, por personas mayores de 65 años de edad o aquellas que, independientemente del delito del que se trate, cuenten con resolución, pronunciamiento o recomendación de organismos internacionales cuya competencia esté reconocida por el Estado Mexicano, algún organismo nacional o local de derechos humanos, donde se desprendan violaciones a derechos humanos y/o al debido proceso, en la que se proponga su libertad.

Cabe recordar que la Ley de Amnistía está diseñada para favorecer a las personas que cometieron algún delito y no cuentan con antecedentes penales previos, se encuentran sujetos a una investigación o no haya iniciado su juicio.

También puede beneficiar a quienes ya cuentan con un veredicto del juez y previo al otorgamiento de la amnistía, cumplan a cabalidad con el pago de la reparación del daño, de algún delito menor.