En respuesta a la Segunda Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres por Desaparición en el Estado de México, este martes fue instalado en el Congreso mexiquense la Comisión Especial contra Feminicidio y Desaparición.

La Comisión también coordinará a los 11 municipios mexiquenses con Alerta de Género para que cumplan con las medidas de índole reglamentario que les corresponden, y seguirá incidiendo en la toma de decisiones presupuestales para atender las Alertas.

También garantizará la continuidad de los programas que permitan la reparación integral a las víctimas de los delitos de feminicidio y desaparición; brindará atención a las niñas, niños y adolescentes que han dejado en situación de orfandad, protegiendo su derecho a una alimentación digna, y continuar apoyando el Fondo Estatal de Desaparición.

La Comisión especial, que está presidida por la diputada Karina Labastida Sotelo, es integrada por legisladoras de los diferentes grupos parlamentarios que desde la legislatura, administración pública o la sociedad civil, han trabajado previamente en este tipo de temas.

En ese sentido, Labastida Sotelo recordó que en el ámbito legislativo no se tipificaba el delito de feminicidio, y tampoco existían leyes orientadas a atender la problemática de las desapariciones involuntarias de niñas, adolescentes y mujeres porque la violencia institucional se encontraba incrustada en las más altas esferas de la procuración y administración de justicia.

“Las autoridades confinaban al campo de lo político los homicidios dolosos de mujeres, y abiertamente culpabilizaban a las víctimas de sus propias muertes y no se investigaba, ni se juzgaba con perspectiva de género”, afirmó.

Asimismo, la legisladora de Morena explicó que la Comisión que preside es en respuesta a la Segunda Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres por Desaparición en el Estado de México, la cual  fue dictada en la Cámara de diputados local en septiembre del 2019 y construida de la mano de las víctimas, al igual que la Ley en materia de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares para el Estado de México, y la Ley para la Declaración Especial de Ausencia por Desaparición de Personas”.