Finalmente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aceptó el recurso de revisión respecto a la situación legal del matrimonio en México, concretamente en su definición, la cual fue catalogada como “discriminatoria” por un juez federal en Puebla, al no dejar espacio para que las relaciones poliamorosas sean legalmente aceptadas.

Se trata del juez Pedro Arroyo Soto, quien en mayo de 2021 declaró inconstitucional los artículos 294 y 297 del Código Civil, pues aseguró que vulneran las preferencias sexuales de las personas que desean una familia poliamorosa y consideró discriminatorio que alguien no pueda unirse en matrimonio con más de una persona.

Tras dos años de intentos para que esto fuera revisado por la SCJN, finalmente fue aceptado el recurso y ahora será el ministro Jorge Pardo Rebolledo quien esté a cargo de la resolución, la cual tendrá que pasar a la Primera Sala de la Suprema Corte, lo que abre la posibilidad de que el matrimonio poliamoroso se convierta en una realidad.

Suprema Corte decidirá si la figura del matrimonio actual es anticonstitucional

El objetivo del recurso, presentado ante la Corte por Víctor Toledo, no busca poder tener varios matrimonios a la vez, algo que incluso se encuentra penado; sino reconfigurar el concepto de matrimonio y concubinato, para que no sea exclusivo de dos personas, sino que puedan ser “uniones múltiples”.

Y es que el artículo 294 del Código Civil señala: “El matrimonio es un contrato civil por el cual dos personas se unen voluntariamente en sociedad, para llevar una vida en común, con respeto, ayuda mutua e igualdad de derechos y obligaciones”, por lo que especifica que debe ser entre dos personas.

Por otro lado, el artículo 297 señala que el concubinato es “la unión voluntaria y de hecho entre dos personas”, nuevamente especificando que solamente puede ocurrir entre dos individuos.

Bajo el argumento de que estos artículos excluyen las preferencias sexuales de las personas, que en este caso corresponde al deseo de vivir o casarse con dos personas o más al mismo tiempo, fueron considerados por especialistas como actos de discriminación; sin embargo, existe la posibilidad de que el poliamor sea considerado como un estilo de vida y que no sea admitido como una violación a la Constitución.