El grupo parlamentario de Morena en el Congreso del Estado de México propuso reformas a la Constitución Política estatal en la cual se garantice a los ciudadanos solicitar el derecho a la revocación de mandatado del gobernador o gobernadora de la entidad.

La propuesta también incluye establecer constitucionalmente las figuras de democracia representativa, directa y participativa, y fortalecer los mecanismos y bases de participación ciudadana, como el referéndum, consulta popular y presupuesto participativo.

Dicha iniciativa fue presentada por las diputadas Anais Miriam Burgos Hernández, Elba Aldana Duarte, Karina Labastida Sotelo, María de Jesús Galicia Ramos y Beatriz García Villegas, así como por los diputados Heleodoro Enrique Sepúlveda Ávila y Max Agustín Correa Hernández, con la cual se busca cumplir el mandato constitucional generado por el Congreso de la Unión y homologar la Constitución local con la federal.Así se llevaría a cabo la revocación de mandato de gobernador en Edomex

Respecto a la revocación de mandato, propuesta por la diputada Beatriz García Villegas, esta se llevará a cabo por parte del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) a petición de al menos el 3% de la ciudadanía inscrita en la lista nominal de electores siempre y cuando en la solicitud correspondan a por lo menos 63 municipios y que representen, como mínimo, el 3% de la lista nominal de cada uno de éstos. El Instituto tendrá 30 días para verificar requisitos y emitirá inmediatamente la convocatoria.

Además, solo se podrá solicitar en una sola ocasión y durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional; la ciudadanía podrá recabar firmas para la solicitud; la votación será 90 días después de la solicitud; será válido con una participación mínima de 40% de las personas inscritas en la lista nominal y la revocación procederá por mayoría absoluta.

En el caso del referéndum, este se podrá solicitar al IEEM por autoridades, ya sea el gobernador o gobernadora o las y los diputados locales (estos últimos con al menos el 33% de sus miembros) o por la ciudadanía (con al menos el 1% de la lista nominal de electores para referéndum constitucional y con el 0.2% para el referéndum legislativo).

En lo que respecta a las consultas populares estás se deberán solicitar por al menos 0.5% de la ciudadanía y se podrá solicitar resolución de conflictos limítrofes o creación de municipios, cuyo resultado será vinculatorio si la participación es de al menos del 15% de la ciudadanía inscrita en la lista nominal.