El Congreso del Estado de México aprobó por unanimidad la iniciativa presentada por la bancada de Morena que establece la prohibición del castigo corporal, físico y humillante contra niñas, niños y adolescentes, llamada «Ley Antichancla», en la que establece que aquellos que la ejerzan, podrían perder la patria potestad.

¿Qué acciones serán castigadas con la «Ley Antichancla»?

De acuerdo con el dictamen de la iniciativa presentada por Karina Labastida Sotelo, diputada de Morena, se considera maltrato infantil el abuso sexual, descuido o negligencia.

Explotación comercial o sexual, así como cualquier otro tipo que origine un daño real y potencial, a su integridad, ya sea omisión, supresión o transgresión a los derechos de los infantes.

Señala que las autoridades estatales encargadas de la atención y protección a las víctimas darán prioridad a niños y adolescentes, en su calidad de víctimas, mientras que las municipales establecerán unidades de primer contacto para estos casos.

¿Qué pasa sí se pierde la patria potestad del menor?

Asimismo, establece que perderá la patria potestad quien ejerza castigo corporal y humillante, o cualquier tipo o forma de violencia, incluida la violencia familiar.

Solo podrá recuperarla al acreditar haberse sometido satisfactoriamente a un proceso reeducativo de agresores y métodos de crianza positivos y de buenos tratos hacia menores y adolescentes, así como contar con visto bueno de la Procuraduría de Protección de este sector de la población.

En caso de que educadores y autoridades educativas, tengan conocimiento de la comisión de algún delito en agravio de las y los estudiantes, o de maltrato, lo harán del conocimiento inmediato de la citada Procuraduría.